Políticas
POLÍTICA SGI
POLÍTICA ANTISOBORNO
La Empresa INVERSIONES EVZA S.R.L., Organización dedicada a la construcción de proyectos de infraestructura, estamos comprometidos con
la gestión segura, ambientalmente responsable y promoviendo la mejora continua a través de nuestro Sistema de Gestión Integrado.
Nos comprometemos a:
• Satisfacer y hacer cumplir los requerimientos y expectativas de
nuestros clientes.
• Cumplir con las normas legales vigentes relacionadas en Calidad, Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional, y aquellas que la empresa asuma voluntariamente.
• Promover la mejora continua de nuestro Sistema Integrado de Gestión.
• Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la salud, la integridad física y el bienestar de los trabajadores y los involucrados en nuestras actividades operativas.
• Eliminar los peligros y reducir los riesgos para la seguridad y salud ocupacional de los trabajadores, así mismo proteger el medio ambiente, previniendo, controlando y mitigando su contaminación.• Garantizar la consulta y participación de los trabajadores y sus representantes en todos los elementos del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Divulgar, cumplir y hacer cumplir esta Política en todos los niveles de la Organización.
INVERSIONES EVZA S.R.L., fiel a sus principios, transparencia y conducta
ética, se compromete a:
• Prohibir el soborno e implementar mecanismos para prevenir, detectar y sancionar el soborno en todas sus formas.
• Cumplir con las normas y leyes anti-soborno aplicables a los servicios que la empresa brinde.
• Cumplir con los requisitos del Sistema de Gestión Anti-Soborno establecidos de acuerdo a la norma internacional ISO 37001:2016,
buscando permanentemente la mejora continua.
• Promover el reporte de denuncias e inquietudes de actos de soborno, en cualquier nivel de la organización, en base a una creencia razonable, confiable y sin represalias para el denunciante.
• Designar a un oficial de cumplimiento responsable de velar por la gestión antisoborno, con autoridad e independencia.
• Sancionar los actos de soborno de acuerdo a la reglamentación establecida por la empresa, a todo personal que intente o realice actos de soborno independientemente del régimen de contratación
a cargo.